Lesiones leves en Málaga: qué son y cómo afrontar una denuncia
Si has recibido una denuncia o una citación relacionada con un posible delito leve de lesiones, es importante conocer exactamente qué se te atribuye, qué documentación existe y qué circunstancias rodearon los hechos.
En un procedimiento por lesiones pueden ser relevantes la naturaleza de la lesión, la asistencia médica recibida, la documentación sanitaria, cómo se produjeron los hechos y la prueba disponible.
En Abogados Delito Leve estudiamos la documentación que tengas y las circunstancias de tu caso para explicarte la situación y valorar cómo preparar tu defensa.
Si has recibido una citación por lesiones leves, puedes consultarnos tu caso.
¿Qué es un delito leve de lesiones?
El artículo 147 del Código Penal distingue diferentes situaciones dentro del delito de lesiones.
El apartado 2 establece que quien cause a otra persona una lesión que no esté incluida en el apartado 1 será castigado con pena de multa de uno a tres meses.
El apartado 3 regula una situación diferente: golpear o maltratar de obra a otra persona sin causarle lesión, con pena de multa de uno a dos meses.
Además, los delitos previstos en los apartados 2 y 3 solo son perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Por tanto, no todas las situaciones en las que se utiliza la expresión «lesiones leves» son exactamente iguales.
Para determinar qué puede estar ocurriendo en un procedimiento concreto es necesario estudiar los hechos y la documentación disponible.
¿Cuándo se considera una lesión leve?
El artículo 147.2 del Código Penal contempla las lesiones que no están incluidas en el supuesto del apartado 1.
El apartado 1 se refiere a lesiones que requieren objetivamente, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico para su sanidad. La simple vigilancia o seguimiento facultativo no se considera tratamiento médico a estos efectos.
Por eso, para analizar una denuncia por lesiones puede ser especialmente importante conocer:
La valoración jurídica no debe hacerse únicamente a partir de que en una denuncia aparezca la expresión «lesiones leves».
¿Qué pena tienen las lesiones leves?
El artículo 147.2 del Código Penal establece una pena de multa de uno a tres meses para quien cause una lesión que no esté incluida en el apartado 1.
El artículo 147.3 contempla por separado el supuesto de quien golpee o maltrate de obra a otra persona sin causarle lesión, estableciendo una pena de multa de uno a dos meses.
La diferencia entre ambos supuestos hace especialmente importante conocer qué ocurrió y qué consecuencias físicas se produjeron.
¿Qué importancia tiene el parte médico en un procedimiento por lesiones?
La documentación médica puede ser un elemento relevante para conocer qué lesiones se describen y qué asistencia recibió la persona.
Puede resultar necesario estudiar:
Esto no significa que un parte médico determine por sí solo el resultado de un procedimiento.
La documentación médica debe analizarse junto con el resto de circunstancias y pruebas del caso.
Me han denunciado por un delito leve de lesiones, ¿qué puede ocurrir?
Una denuncia por lesiones no equivale por sí sola a una sentencia condenatoria.
El procedimiento dependerá de las circunstancias concretas y de cómo se hayan desarrollado las actuaciones.
Si has recibido una citación, es importante identificar:
A partir de esa información puede estudiarse el procedimiento y determinar qué cuestiones deben prepararse.
He recibido una citación por lesiones leves, ¿qué hago?
Lo primero es revisar cuidadosamente la citación.
Comprueba qué juzgado aparece, cuándo debes acudir y qué hechos se indican.
Conserva la citación y toda la documentación relacionada con el procedimiento.
Si tienes documentos médicos, mensajes, fotografías, vídeos, comunicaciones o cualquier otro elemento relacionado con los hechos, debes conservarlos para que puedan ser valorados.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal contempla para determinados supuestos de delitos leves de lesiones o maltrato de obra la posibilidad de citación ante el Juzgado de Guardia y establece que las personas citadas deben acudir con los medios de prueba de los que pretendan valerse.
Si tienes una citación, puedes enviarnos la documentación para valorar tu situación.
Atendemos citaciones por delito leve en los juzgados de Málaga y su provincia, de la capital a la Axarquía y la Costa del Sol.
¿Cómo se prepara la defensa frente a una denuncia por lesiones leves?
La preparación de la defensa debe partir de los hechos concretos y de la prueba disponible.
Analizar qué ocurrió
Es necesario conocer las circunstancias en las que se produjo el supuesto enfrentamiento, golpe o lesión.
La versión de los hechos debe contrastarse con la documentación y las pruebas disponibles.
Revisar la documentación médica
Cuando existe documentación sanitaria, debe estudiarse qué lesiones aparecen descritas y qué asistencia o tratamiento se realizó.
Analizar la prueba
Puede ser necesario estudiar:
Analizar las diferentes versiones
En algunos procedimientos pueden existir versiones diferentes sobre lo ocurrido.
La defensa debe estudiar qué sostiene cada una y qué elementos permiten acreditar o cuestionar las respectivas versiones.
Preparar la actuación en el procedimiento
Una vez revisada la documentación y las circunstancias, deben determinarse las cuestiones relevantes para la defensa.
No existe una estrategia única para todos los procedimientos por lesiones leves.
¿Qué pruebas pueden ser relevantes en un procedimiento por lesiones?
La prueba dependerá de las circunstancias concretas.
Entre los elementos que pueden necesitar análisis se encuentran:
La existencia de una determinada prueba no significa automáticamente que esta vaya a determinar el resultado del procedimiento.
Es necesario estudiar su contenido, origen, relación con los hechos y el resto de elementos disponibles.
¿Qué diferencia hay entre lesiones y maltrato de obra?
El artículo 147 distingue entre causar una lesión y golpear o maltratar de obra a otra persona sin causarle lesión.
El apartado 2 contempla la lesión que no está incluida en el supuesto del apartado 1.
El apartado 3 contempla el golpe o maltrato de obra cuando no se causa lesión.
Las penas también son diferentes: el artículo 147.2 establece multa de uno a tres meses, mientras que el 147.3 establece multa de uno a dos meses.
Por eso, para valorar un procedimiento es importante determinar qué hechos se atribuyen y qué resultado se produjo.
¿Es necesario que exista un parte médico?
No debe darse por hecho que todos los procedimientos por lesiones tienen exactamente la misma documentación.
Cuando existe asistencia médica, el correspondiente informe o parte puede ser relevante para conocer las lesiones descritas y la atención recibida.
Pero la valoración del procedimiento debe realizarse teniendo en cuenta el conjunto de pruebas y circunstancias, no únicamente la existencia o ausencia de un documento médico.
¿Qué ocurre si la otra persona dice que fui yo quien le golpeó?
La denuncia contiene la versión de quien denuncia.
La existencia de una denuncia no equivale por sí sola a una condena.
En ese supuesto será necesario estudiar qué ocurrió, qué versiones existen y qué elementos probatorios pueden respaldar cada una.
Puede ser relevante analizar testigos, imágenes, comunicaciones, documentación médica y cualquier otra prueba relacionada con los hechos.
¿Qué ocurre si también tengo lesiones?
Si durante los mismos hechos también resultaste lesionado, esta circunstancia debe comunicarse al abogado que estudie el procedimiento.
Será necesario analizar las circunstancias concretas y la documentación disponible.
Si existe documentación médica relacionada con tus propias lesiones, debes conservarla.
La valoración jurídica dependerá de cómo ocurrieron los hechos y de las pruebas existentes.
Preguntas frecuentes sobre lesiones leves
¿Cuál es la pena por lesiones leves?
El artículo 147.2 del Código Penal establece pena de multa de uno a tres meses para las lesiones comprendidas en ese apartado.
¿Qué diferencia hay entre lesiones leves y maltrato de obra?
El artículo 147.2 contempla causar una lesión que no esté incluida en el apartado 1, mientras que el artículo 147.3 contempla golpear o maltratar de obra a otra persona sin causarle lesión.
¿Las lesiones leves necesitan denuncia?
Los delitos previstos en los artículos 147.2 y 147.3 solo son perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
¿Qué hago si me han denunciado por lesiones leves?
Revisa la citación y conserva toda la documentación relacionada con los hechos. Es importante conocer qué se te atribuye y qué pruebas existen antes de preparar la actuación en el procedimiento.
¿Qué documentación debo entregar a mi abogado?
Es recomendable aportar la citación, la denuncia o documentación judicial que tengas y cualquier elemento relacionado con los hechos, incluidos documentos médicos y otras pruebas disponibles.
¿El parte médico demuestra que soy culpable?
No. Un documento médico puede acreditar determinados aspectos relacionados con una lesión, pero no determina por sí solo quién es responsable de los hechos.
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con lo que dice la denuncia?
La defensa debe estudiar la versión de los hechos que aparece en la denuncia y contrastarla con el resto de documentación y pruebas disponibles.
¿Puedo defenderme de una denuncia por lesiones leves?
Sí. La estrategia dependerá de las circunstancias concretas del procedimiento, de los hechos que se atribuyan y de la prueba disponible.
Defensa por lesiones leves en Málaga
En Abogados Delito Leve centramos nuestra actividad en procedimientos relacionados con delitos leves.
Atendemos casos en Málaga capital y en las localidades de la provincia en las que actualmente prestamos asistencia. Las zonas que actualmente aparecen indicadas en la página principal son:
La asistencia se organiza en función del procedimiento y del lugar en el que se tramite. Esto no significa que exista una oficina física del despacho en cada una de estas localidades.
Si tu procedimiento se tramita en otra localidad de la provincia de Málaga, puedes consultarnos para comprobar si podemos atender tu caso.
¿Te han denunciado por lesiones leves?
Si has recibido una denuncia o una citación relacionada con unas posibles lesiones leves, puedes contactar con nosotros para explicar tu situación.
Puedes enviarnos la documentación que tengas disponible para que podamos conocer qué se te atribuye y qué información aparece en el procedimiento.
Contenido elaborado por Inmaculada Rodríguez Páez, colegiada nº 727 del Ilustre Colegio de Abogados de Antequera. Más información en Sobre el equipo.
