Amenazas leves en Málaga: qué son y cómo afrontar una denuncia
Si has recibido una denuncia o una citación relacionada con un posible delito leve de amenazas, es importante conocer exactamente qué se te atribuye, en qué circunstancias se produjeron los hechos y qué pruebas existen.
No todas las amenazas reciben el mismo tratamiento jurídico. El Código Penal contempla diferentes supuestos y establece consecuencias distintas dependiendo de las circunstancias.
En Abogados Delito Leve estudiamos la denuncia, la citación y la documentación disponible para conocer qué se te atribuye y valorar cómo preparar tu defensa.
Si has recibido una citación por amenazas leves, puedes consultarnos tu caso.
¿Qué es un delito leve de amenazas?
El artículo 171 del Código Penal regula diferentes modalidades de amenazas.
En su apartado 7 establece que, fuera de los casos contemplados en los apartados anteriores, quien de modo leve amenace a otra persona será castigado con pena de multa de uno a tres meses.
Este supuesto general solo es perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Sin embargo, el propio artículo 171 contempla otros supuestos específicos de amenazas leves, entre ellos determinados casos relacionados con personas del entorno familiar o afectivo y amenazas leves realizadas con armas u otros instrumentos peligrosos.
Es importante, por tanto, no analizar una denuncia únicamente porque utilice la expresión «amenazas leves».
Hay que estudiar quién es la persona afectada, qué ocurrió, en qué contexto y qué circunstancias aparecen en las actuaciones.
¿Cuándo se considera una amenaza leve?
La calificación de una amenaza como leve depende de las circunstancias concretas del caso.
Para valorar una denuncia pueden resultar relevantes cuestiones como:
Además, el artículo 171 distingue expresamente entre diferentes tipos de amenazas.
Por eso, no debe concluirse que una determinada expresión constituye necesariamente una amenaza leve sin analizar el contexto completo.
¿Qué pena tienen las amenazas leves?
En el supuesto general del artículo 171.7 del Código Penal, la pena prevista es multa de uno a tres meses. Ese supuesto solo es perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Pero esta pena no debe aplicarse automáticamente a cualquier situación descrita como amenaza leve.
El propio artículo 171 establece penas diferentes para determinados supuestos específicos.
Por ejemplo, el apartado 4 regula determinadas amenazas leves dirigidas contra quien sea o haya sido esposa o mujer ligada al autor por una relación de afectividad análoga, así como contra una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
El apartado 5 contempla determinados supuestos de amenazas leves con armas u otros instrumentos peligrosos respecto de personas comprendidas en el artículo 173.2, con las excepciones que establece la propia norma.
Por tanto, antes de hablar de la pena aplicable hay que identificar qué supuesto concreto se está investigando.
Me han denunciado por un delito leve de amenazas, ¿qué puede ocurrir?
Una denuncia por amenazas no equivale por sí sola a una sentencia condenatoria.
Para valorar la situación hay que conocer qué hechos se denuncian y qué elementos existen para acreditarlos.
Si has recibido una citación, conviene identificar:
También es importante conocer si se trata realmente del supuesto general del artículo 171.7 o si la situación puede estar comprendida en alguno de los supuestos específicos de los apartados anteriores.
He recibido una citación por amenazas leves, ¿qué hago?
Empieza por revisar la citación y conservar toda la documentación relacionada con el procedimiento.
Comprueba qué juzgado interviene, cuándo debes acudir y qué hechos aparecen descritos.
Si existen mensajes, correos electrónicos, conversaciones, fotografías, vídeos, grabaciones, documentos o testigos relacionados con los hechos, conserva la información disponible para que pueda ser valorada.
No conviene seleccionar únicamente aquellos elementos que parecen favorecer una versión de los hechos. Es preferible conservar el contexto completo de las comunicaciones o acontecimientos relevantes.
Si tienes una citación, puedes enviarnos la documentación para valorar tu situación.
Atendemos citaciones por delito leve en los juzgados de Málaga y su provincia, de la capital a la Axarquía y la Costa del Sol.
¿Cómo se prepara la defensa frente a una denuncia por amenazas?
La preparación de la defensa debe comenzar por conocer exactamente qué se denuncia.
Analizar las palabras o conductas atribuidas
Es necesario conocer qué se afirma que se dijo o hizo.
Una frase aislada puede no mostrar por sí sola todo el contexto de una conversación o discusión.
Analizar el contexto
Puede ser importante conocer qué ocurrió antes y después de la supuesta amenaza.
También puede ser relevante conocer la relación entre las personas implicadas y las circunstancias en las que tuvo lugar el encuentro o comunicación.
Revisar las comunicaciones
Cuando los hechos se producen mediante mensajes, llamadas u otros medios de comunicación, debe estudiarse la documentación disponible y, cuando sea posible, el contexto completo.
Analizar la prueba
Pueden existir testigos, documentos, mensajes, grabaciones u otros elementos relacionados con los hechos.
La defensa debe estudiar qué acredita cada elemento y cómo se relaciona con el resto de las actuaciones.
Determinar el supuesto jurídico aplicable
El artículo 171 contempla diferentes situaciones.
Por eso, una parte importante del análisis consiste en determinar qué apartado puede resultar aplicable a los hechos concretos.
¿Qué pruebas pueden ser relevantes en un procedimiento por amenazas?
La prueba dependerá de las circunstancias concretas.
Entre los elementos que pueden necesitar análisis se encuentran:
En las comunicaciones digitales es especialmente importante conservar, cuando sea posible, la conversación completa y no únicamente una captura aislada.
La relevancia de cada prueba dependerá de su contenido, contexto y relación con los hechos investigados.
¿Una amenaza por WhatsApp puede ser denunciada?
Las amenazas pueden producirse a través de diferentes medios de comunicación.
Por eso, si los hechos que se denuncian tuvieron lugar mediante WhatsApp, SMS, redes sociales, correo electrónico u otro sistema de comunicación, es importante conservar las conversaciones y documentación relacionada.
El medio utilizado no permite por sí solo determinar la responsabilidad penal.
Será necesario analizar qué se comunicó, el contexto, las circunstancias y las demás pruebas disponibles.
¿Qué ocurre si la amenaza fue durante una discusión?
Una discusión puede contener expresiones que posteriormente sean objeto de denuncia.
Pero para valorar jurídicamente lo ocurrido no debe analizarse necesariamente una frase aislada.
Puede ser necesario estudiar:
La valoración debe realizarse sobre el conjunto de circunstancias del caso.
¿Qué ocurre si no existen testigos?
La ausencia de testigos no significa automáticamente que una denuncia no pueda tramitarse, ni tampoco que la persona denunciada vaya a ser condenada.
El procedimiento debe valorarse teniendo en cuenta el conjunto de pruebas disponibles.
Dependiendo del caso pueden existir comunicaciones, grabaciones, documentos, declaraciones u otros elementos que deban ser analizados.
¿Qué ocurre si la otra persona interpreta mis palabras como una amenaza?
La interpretación de una conversación puede formar parte del objeto de discusión en un procedimiento.
Para valorar los hechos será necesario conocer qué se dijo o hizo, el contexto en el que ocurrió y las demás circunstancias.
No toda expresión desagradable, discusión o conflicto entre personas debe calificarse automáticamente de la misma manera.
Por eso es importante estudiar la denuncia y el contexto antes de establecer una conclusión jurídica.
¿Todas las amenazas leves tienen la misma pena?
No.
El artículo 171.7 establece el supuesto general de amenaza leve, con pena de multa de uno a tres meses y necesidad de denuncia de la persona agraviada o su representante legal.
Pero los apartados anteriores del artículo 171 contemplan supuestos específicos de amenazas leves con consecuencias diferentes. Entre ellos se encuentran determinadas amenazas dirigidas contra personas comprendidas en el artículo 173.2 y determinados supuestos con armas u otros instrumentos peligrosos.
Por eso, antes de informar sobre la pena aplicable es necesario conocer las circunstancias del caso.
Diferencia entre amenazas leves y otras amenazas
El Código Penal no regula todas las amenazas de la misma manera.
El artículo 169 contempla amenazas de un mal que constituya determinados delitos, mientras que el artículo 171 regula diferentes supuestos de amenazas de un mal que no constituya delito y otras modalidades específicas.
Dentro del artículo 171 también existen diferentes apartados con consecuencias distintas.
Por eso, utilizar la expresión «amenazas» no es suficiente para determinar automáticamente qué delito puede existir o qué pena podría corresponder.
Es necesario estudiar el contenido de la amenaza y las circunstancias en las que se produjo.
Preguntas frecuentes sobre amenazas leves
¿Cuál es la pena por amenazas leves?
En el supuesto general del artículo 171.7 del Código Penal, la pena es multa de uno a tres meses. Existen otros supuestos específicos de amenazas leves con penas diferentes.
¿Las amenazas leves necesitan denuncia?
En el supuesto general del artículo 171.7, el hecho solo es perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. El propio artículo establece una excepción para determinados casos relacionados con personas del artículo 173.2.
¿Una amenaza por WhatsApp puede ser denunciada?
Sí, una comunicación realizada mediante WhatsApp puede formar parte de una denuncia o de las pruebas de un procedimiento. Para valorar el caso es necesario analizar el contenido y el contexto de la comunicación.
¿Qué hago si me han denunciado por amenazas?
Revisa la citación y conserva toda la documentación relacionada con los hechos. Es importante conocer exactamente qué se denuncia y qué pruebas existen.
¿Una discusión puede acabar en una denuncia por amenazas?
Sí, una expresión realizada durante una discusión puede formar parte de una denuncia. La valoración jurídica dependerá de lo que se dijo o hizo y de las circunstancias concretas.
¿Qué pruebas pueden utilizarse en un procedimiento por amenazas?
Dependiendo del caso pueden existir mensajes, correos electrónicos, grabaciones, vídeos, testigos, documentos y otras pruebas relacionadas con los hechos.
¿Qué pasa si no recuerdo exactamente lo que dije?
Es importante explicar al abogado las circunstancias tal como se recuerdan y aportar la documentación disponible. Las comunicaciones completas pueden ayudar a conocer el contexto de lo ocurrido.
¿Me pueden condenar únicamente por lo que dice la otra persona?
La denuncia de una persona no equivale por sí sola a una sentencia condenatoria. El procedimiento debe valorarse atendiendo a las pruebas y circunstancias existentes.
Defensa por amenazas leves en Málaga
En Abogados Delito Leve centramos nuestra actividad en procedimientos relacionados con delitos leves.
Atendemos casos en Málaga capital y en las localidades de la provincia en las que actualmente prestamos asistencia. Las zonas que actualmente aparecen indicadas en la página principal son:
La asistencia se organiza en función del procedimiento y del lugar en el que se tramite. Esto no significa que exista una oficina física del despacho en cada una de estas localidades.
Si tu procedimiento se tramita en otra localidad de la provincia de Málaga, puedes consultarnos para comprobar si podemos atender tu caso.
¿Te han denunciado por amenazas leves?
Si has recibido una denuncia o una citación relacionada con unas posibles amenazas leves, puedes contactar con nosotros para explicar tu situación.
Puedes enviarnos la documentación que tengas disponible para que podamos conocer qué se te atribuye y qué información aparece en el procedimiento.
Contenido elaborado por Inmaculada Rodríguez Páez, colegiada nº 727 del Ilustre Colegio de Abogados de Antequera. Más información en Sobre el equipo.
