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Tipos de delitos leves

Daños leves en Málaga: qué son y cómo afrontar una denuncia

Romper un objeto, causar desperfectos en un vehículo, dañar una puerta, una vivienda o cualquier otro bien ajeno puede terminar en una denuncia por un delito leve de daños.

Cuando la cuantía del daño no supera los 400 euros, el Código Penal contempla una pena específica de multa dentro del artículo 263. Pero la cuantía no es el único elemento que debe analizarse: también es necesario estudiar cómo se produjeron los hechos, qué bien resultó afectado, qué daños se atribuyen y qué pruebas existen.

Si te han denunciado por daños leves en Málaga, estudiamos la documentación y las circunstancias concretas del caso para explicarte qué procedimiento tienes delante y cómo preparar tu defensa.

¿Qué es un delito leve de daños?

El artículo 263 del Código Penal regula los daños causados en propiedad ajena cuando no están comprendidos en otros títulos del Código.

Cuando la cuantía del daño causado no excede de 400 euros, el propio artículo 263 establece una pena de multa de uno a tres meses.

Para valorar un supuesto concreto no basta, por tanto, con saber que se ha producido un desperfecto. Es necesario analizar qué bien ha resultado dañado, cuál es el importe del daño y en qué circunstancias ocurrieron los hechos.

¿Cuándo se considera un daño leve?

La valoración depende de las circunstancias concretas del caso.

Entre las cuestiones que pueden ser relevantes están:

Qué objeto o propiedad resultó dañada.
Qué tipo de desperfecto se produjo.
Cuál es la cuantía del daño.
Cómo se produjeron los hechos.
Si existen circunstancias especiales.
Si el daño fue intencionado o se atribuye a otra conducta.
Qué documentación acredita el importe de la reparación.
Qué pruebas existen sobre quién causó los daños.

Por eso, antes de asumir que unos desperfectos constituyen un delito leve de daños, conviene analizar el caso completo.

¿Qué pena tienen los daños leves?

El artículo 263 del Código Penal establece que, cuando la cuantía del daño causado no excede de 400 euros, se impone una pena de multa de uno a tres meses.

La valoración de la cuantía del daño es, por tanto, una cuestión importante.

Sin embargo, existen supuestos específicos contemplados en el propio artículo 263 que pueden tener una respuesta penal diferente. Por eso no debe valorarse un procedimiento únicamente atendiendo al importe de la reparación.

Me han denunciado por un delito leve de daños, ¿qué puede ocurrir?

Una denuncia no equivale a una condena.

Si una persona afirma que has causado daños en su propiedad, será necesario conocer exactamente qué hechos te atribuye y qué pruebas presenta.

Puede ser necesario analizar:

Qué bien resultó dañado.
Qué daños concretos se atribuyen.
Cuándo y dónde ocurrieron.
Cuál es la cuantía que reclama la persona perjudicada.
Cómo se acredita ese importe.
Qué pruebas existen sobre la autoría.
Si existen circunstancias que puedan modificar la valoración jurídica de los hechos.

La defensa debe partir de la documentación real del procedimiento.

He recibido una citación por daños leves, ¿qué hago?

Si has recibido una citación judicial, no la ignores.

Comprueba el órgano judicial, la fecha señalada y los hechos por los que se te cita.

Conserva toda la documentación que hayas recibido y, si dispones de otros documentos relacionados con los hechos, mantenlos también.

Si tienes fotografías, vídeos, mensajes, presupuestos, facturas, conversaciones o cualquier otro elemento relacionado con los daños, conviene conservarlos íntegramente.

Antes de acudir al procedimiento, puedes consultar la documentación con un abogado para conocer exactamente qué se te atribuye y valorar las opciones de defensa.

Atendemos citaciones por delito leve en los juzgados de Málaga y su provincia, de la capital a la Axarquía y la Costa del Sol.

¿Cómo se prepara la defensa frente a una denuncia por daños?

La defensa debe centrarse en los hechos concretos y en las pruebas disponibles.

Analizamos qué daño se atribuye

Es necesario conocer exactamente qué objeto o propiedad resultó afectada y cuáles son los desperfectos que se atribuyen.

No es lo mismo una pequeña rotura que unos daños de mayor entidad, y tampoco es suficiente con afirmar que existe un daño sin concretar qué desperfectos se produjeron.

Comprobamos la cuantía

El importe de los daños puede ser una cuestión fundamental.

Para ello pueden resultar relevantes presupuestos, facturas, informes de reparación u otros documentos que permitan determinar el coste de reparar o sustituir el bien afectado.

Analizamos cómo ocurrieron los hechos

Hay que reconstruir qué ocurrió y en qué circunstancias.

Puede ser importante determinar dónde sucedieron los hechos, quién estaba presente y qué ocurrió inmediatamente antes y después.

Revisamos las pruebas

La defensa debe estudiar tanto las pruebas aportadas por la persona denunciante como aquellas que puedan favorecer a la persona denunciada.

Pueden ser relevantes:

Fotografías.
Vídeos.
Testigos.
Mensajes.
Conversaciones.
Facturas.
Presupuestos.
Informes de reparación.
Documentación sobre el bien afectado.
Otros elementos relacionados con los hechos.

Valoramos el encaje jurídico

Finalmente, es necesario comprobar si los hechos descritos encajan realmente en el delito que se está atribuyendo y si existe alguna circunstancia que pueda modificar su calificación.

¿Qué pruebas pueden ser relevantes en un procedimiento por daños?

Dependiendo de las circunstancias, pueden ser importantes:

Fotografías de los daños.
Vídeos de cámaras de seguridad.
Fotografías anteriores al supuesto daño.
Testigos.
Facturas de reparación.
Presupuestos.
Informes técnicos.
Mensajes de WhatsApp.
Correos electrónicos.
Conversaciones entre las personas implicadas.
Documentación que permita identificar el bien afectado.
Cualquier otro elemento que permita determinar cómo ocurrieron los hechos.

La prueba debe analizarse en su conjunto.

¿Cómo se determina el importe de los daños?

La cuantía del daño puede acreditarse mediante distintos documentos dependiendo del caso.

Pueden resultar relevantes una factura de reparación, un presupuesto, un informe técnico u otra documentación que permita conocer el coste del desperfecto.

No conviene dar por válida automáticamente cualquier cantidad reclamada. Es necesario comprobar qué daño se atribuye y cómo se justifica económicamente.

¿Qué ocurre si el daño se produjo en un coche?

Los daños en un vehículo pueden generar un procedimiento penal cuando concurren los requisitos correspondientes.

En estos casos puede ser especialmente importante determinar:

Qué parte del vehículo resultó dañada.
Cuál era su estado anterior.
Qué desperfectos se atribuyen.
Cuál es el coste de reparación.
Si existen fotografías.
Si existen cámaras o testigos.
Quién estaba presente.
Qué pruebas existen sobre la autoría.

Las fotografías del vehículo y la documentación de reparación pueden tener especial relevancia para determinar qué daños se están reclamando.

¿Qué ocurre si me acusan de romper un objeto?

Hay que analizar tanto el daño como la forma en la que supuestamente se produjo.

Puede ser necesario comprobar:

Qué objeto resultó afectado.
Su estado anterior.
El desperfecto concreto.
Su valor o coste de reparación.
Cómo se atribuye la autoría.
Qué pruebas existen.

Si existen fotografías, mensajes o testigos que puedan aclarar lo sucedido, es importante conservarlos.

¿Qué ocurre si los daños se produjeron durante una discusión?

Una discusión puede dar lugar a versiones diferentes sobre cómo se produjeron los daños.

En estos casos es especialmente importante reconstruir la secuencia de los acontecimientos.

Puede ser necesario determinar:

Cómo comenzó la discusión.
Qué ocurrió inmediatamente antes de los daños.
Quién estaba presente.
Qué objetos resultaron afectados.
Si existen fotografías o vídeos.
Si hubo mensajes antes o después.
Si existen testigos.

La existencia de una discusión no determina por sí sola la responsabilidad penal.

¿Qué ocurre si no existen testigos?

La ausencia de testigos no significa automáticamente que una denuncia no pueda tramitarse.

Puede haber otras pruebas que permitan valorar lo sucedido: fotografías, vídeos, mensajes, documentación, informes de reparación u otros elementos.

Por eso es importante analizar todas las pruebas disponibles y no únicamente la existencia de testigos presenciales.

Delito leve de daños inferior a 400 euros y superior a 400 euros: qué cambia

La cuantía puede ser determinante para la calificación del hecho.

El artículo 263 establece expresamente una pena específica cuando el daño causado no excede de 400 euros. Si la cuantía supera esa cantidad, la respuesta penal prevista en el propio artículo es diferente, sin perjuicio de otras circunstancias que también pueden afectar a la calificación.

Por eso es importante revisar cómo se ha calculado el importe del daño y qué documentación lo acredita.

¿El delito leve de daños requiere denuncia o es perseguible de oficio?

El artículo 263 del Código Penal, que regula los daños en propiedad ajena y prevé una pena de multa de uno a tres meses cuando la cuantía del daño no excede de 400 euros, no establece ningún requisito de denuncia previa para perseguir estos hechos.

La exigencia de denuncia sí aparece expresamente en otro precepto: el artículo 267, referido a los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000 euros. Ese artículo dispone que tales infracciones sólo serán perseguibles previa denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, y añade que en esos casos el perdón de la persona ofendida extingue la acción penal.

El Código Penal no prevé para el artículo 263 esa extinción de la acción penal por perdón que sí contempla el artículo 267.

En todo caso, la tramitación concreta de un procedimiento depende de las actuaciones practicadas y de las circunstancias del caso.

¿Puede haber daños leves si no existe una factura de reparación?

La ausencia de una factura no permite resolver por sí sola la cuestión.

Puede existir otra documentación que permita valorar económicamente los daños, como presupuestos, informes o elementos de prueba sobre el estado y reparación del bien.

En cada procedimiento debe analizarse cómo se acredita la cuantía reclamada.

Defensa por daños leves en Málaga

Si te han denunciado por daños leves, estudiamos la documentación del procedimiento y las circunstancias concretas de los hechos.

Analizamos qué daño se te atribuye, cómo se ha calculado su importe, qué pruebas existen y qué opciones pueden plantearse para preparar tu defensa.

Atendemos procedimientos en Málaga capital, Antequera, Archidona, Torremolinos, Fuengirola, Vélez-Málaga y Marbella, según el lugar en el que se tramite el procedimiento.

No contamos con una oficina en cada una de estas localidades. La asistencia se organiza en función del procedimiento y del lugar donde deba celebrarse la actuación judicial correspondiente.

¿Te han denunciado por daños en Málaga?

No esperes a la fecha del juicio para conocer tu situación.

Puedes enviarnos la citación o la documentación que hayas recibido para que podamos conocer qué procedimiento tienes delante y explicarte los siguientes pasos.

Preguntas frecuentes sobre daños leves

¿Qué artículo regula los daños leves?

El artículo 263 del Código Penal regula los daños en propiedad ajena y establece una pena específica cuando la cuantía del daño causado no excede de 400 euros.

¿Cuál es la pena por daños de hasta 400 euros?

El artículo 263 establece para los daños cuya cuantía no exceda de 400 euros una pena de multa de uno a tres meses.

¿Qué pasa si me han denunciado por romper algo?

Hay que analizar qué se ha roto, cuál es el daño, qué importe se reclama y qué pruebas existen para atribuirte los hechos.

¿Cómo se demuestra el importe de los daños?

Puede acreditarse mediante distintos elementos, como facturas, presupuestos, informes de reparación u otra documentación relacionada con el bien afectado.

¿Puedo ser condenado si no hay testigos?

La ausencia de testigos no determina por sí sola el resultado del procedimiento. Pueden existir otras pruebas.

¿Qué hago si he recibido una citación por daños?

Conserva la documentación, comprueba la fecha y el órgano judicial y consulta el procedimiento antes de acudir para conocer exactamente qué hechos se te atribuyen.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el importe de los daños?

El importe reclamado puede ser objeto de análisis y debe comprobarse cómo se ha calculado y qué documentación lo acredita.

¿Qué ocurre si los daños se produjeron durante una discusión?

Hay que reconstruir los hechos y analizar qué ocurrió, qué daños se produjeron y qué pruebas existen sobre su autoría.

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Contenido elaborado por Inmaculada Rodríguez Páez, colegiada nº 727 del Ilustre Colegio de Abogados de Antequera. Más información en Sobre el equipo.

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